Bakatá, junio 11 de 2024
COMUNICADO A LA OPINIÓN PÚBLICA
EL MOVIMIENTO INDÍGENA COLOMBIANO ALERTA LA MODIFICACIÓN DE LA LEY DE VÍCTIMAS 1448 DE 2011 EXCLUYENDO A LOS PUEBLOS ORIGINARIOS.
Los Pueblos Indígenas de Colombia hemos mostrado nuestro inquebrantable compromiso con la construcción de la paz y la reparación de todas las víctimas del conflicto en el país, entendiendo que se trata de un propósito colectivo, necesario para poder construir un futuro diferente al que nos ha impuesto a la guerra fratricida en el territorio nacional.
Como muestra de ese compromiso, en un acto de generosidad con las víctimas del país aceptamos en el año 2011 un mecanismo extraordinario para asegurar la legalidad de la Ley 1448 como ley general, de la cual también se originaron los Decretos-Ley de víctimas y restitución de tierras con contenidos específicos para garantizar los derechos de los pueblos indígenas, de las comunidades negras, raizales y palenqueras, así como de los hermanos Rom.
Entendiendo la complejidad de alcanzar el objetivo de restablecer y restituir los derechos fundamentales de quienes hemos sido víctimas en el conflicto armado, hace varios años alertamos respecto de la necesidad de modificar las leyes de víctimas y los decretos-ley, seguros que una política integral para las víctimas es un paso indispensable para construir un país diferente, con memoria, con dignidad, la nación que los colombianos anhelamos.
Sin embargo, vemos con profunda preocupación que el proceso de modificación de la ley 1448 de 2011 adelantado en el Congreso de la República, excluyó de manera intencionada y consciente la mención a los pueblos étnicos con la única finalidad de desconocer el derecho fundamental al Consentimiento Previo, Libre e Informado que hace parte del ordenamiento jurídico nacional y de tratados internacionales suscritos por Colombia. Esta omisión es una muestra más del racismo estructural que está imperando en el legislativo y, lo que es aún más grave, contó con la connivencia de la Defensoría del Pueblo, pero sin la participación de la ciudadanía, víctimas del conflicto armado y pueblos étnicos pese a ser una entidad creada para garantizar los Derechos Humanos y fundamentales de la población colombiana.
Recordamos al legislativo y la Defensoría del Pueblo que la Corte Constitucional ha definido que no puede haber regresividad en los derechos adquiridos por la población, en particular si se habla de sujetos de especial protección constitucional y máxime cuando se encuentra declarado desde el año 2008 el Estado de Cosas Inconstitucional frente a los derechos, la vida y la pervivencia de los Pueblos Originarios.
EXIGIMOS al Congreso de la República el reconocimiento de los derechos adquiridos, el cumplimiento del principio de progresividad y no regresividad y se aparten de conductas violatorias de derechos fundamentales de los pueblos étnicos del país, y así prevenir que nos veamos obligados a activar mecanismos judiciales y constitucionales que pongan en riesgo una reforma que es necesaria para el país.